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Despidos injustificados

Cuando un despido es injustificado, la ley protege al trabajador con recargos e indemnizaciones que pueden aumentar significativamente el monto final recibido.
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José Martínez

Trabajó durante seis años en Servicios Andinos S.A. (nombre modificado por motivos de privacidad). Un día, la empresa decidió finalizar su contrato argumentando necesidades de la empresa y le ofrecieron $3.300.000 como pago final.

Tras revisar la documentación entregada, quedó en evidencia que la causal del artículo 161 había sido aplicada de manera incorrecta. No existían informes, antecedentes financieros ni cambios internos que justificaran el despido. Con esa base, se optó por llevar el caso a juicio por despido injustificado.

Durante el proceso, el tribunal determinó que la empresa, cuyo nombre también fue modificado por privacidad, no logró acreditar la causal invocada. Esto permitió aplicar el recargo correspondiente y José obtuvo un 50% adicional sobre la indemnización base, aumentando de manera significativa el monto final recibido.

Gracias a este resultado, José Martínez pudo acceder a la indemnización que realmente correspondía según la legislación laboral vigente.

Victoria Silva

Trabajó durante dos años en una empresa del rubro comercial. Al momento de finalizar su contrato, la compañía le ofreció $1.200.000 como pago final. Tras revisar los antecedentes, se detectó que la causal utilizada no cumplía con los requisitos legales y que su indemnización había sido calculada de forma incorrecta.

Con estos elementos, se presentó una demanda por despido injustificado. Durante el juicio, el tribunal determinó que la empresa no logró acreditar la causal invocada y ordenó ajustar la indemnización considerando los recargos correspondientes. Gracias a esto, Victoria recibió $2.100.000, cifra muy superior a la que se pretendía pagar inicialmente.

Este resultado permitió que Victoria Silva obtuviera lo que realmente le correspondía según la normativa laboral vigente.

Sebastián González

Trabajó durante diez años en una empresa del sector industrial. Al momento de su desvinculación, la compañía intentó despedirlo sin entregarle ninguna indemnización, argumentando supuestas malas prácticas laborales. Tras analizar la situación, quedó en evidencia que las acusaciones no tenían sustento y que nunca existieron antecedentes formales que justificaran esa decisión.

Con esta base, se presentó una demanda por despido injustificado y vulneración de derechos. En el juicio, el tribunal concluyó que la empresa no acreditó ninguna falta y que el despido había sido aplicado de forma incorrecta. Gracias a ello, Sebastián obtuvo el pago íntegro correspondiente a sus diez años de servicio, además de un recargo del 80 por ciento sobre la indemnización final.

Una empresa del rubro logístico

Enfrentó una demanda por despido injustificado presentada por un trabajador que había sido desvinculado por la causal del artículo 160 número 7, correspondiente a actos de hurto cometidos dentro de las instalaciones. La compañía había decidido aplicar la medida luego de detectar reiteradas faltas en los registros de inventario y recibir reportes internos que encendieron las alertas.

Durante la investigación interna se recopiló evidencia determinante. Existían grabaciones de las cámaras de seguridad, reportes de supervisores y registros de salida que mostraban que el trabajador había sustraído mercadería de manera intencional. Con estos antecedentes, la empresa procedió al despido sin derecho a indemnización.

Al ser demandada, la compañía presentó toda la documentación ante el tribunal. Tras revisar las pruebas, el juez concluyó que los hechos estaban plenamente acreditados y que la causal aplicada cumplía con los requisitos para proceder según el artículo 160 número 7. El tribunal rechazó la demanda del trabajador y confirmó que el despido había sido correctamente ejecutado.

Este resultado permitió a la empresa respaldar su actuar conforme a la ley laboral y demostrar que la medida adoptada fue proporcional y fundamentada.

Una empresa constructora

 Enfrentó una demanda por despido injustificado presentada por un trabajador que había sido desvinculado por no concurrir a sus labores sin causa justificada. Durante el último mes, el trabajador se ausentó dos lunes consecutivos y acumuló un total de tres inasistencias dentro del mismo período sin entregar aviso previo ni presentar respaldos médicos o administrativos.

La situación generó problemas operativos dentro de la obra, ya que el trabajador tenía a su cargo una faena cuyo abandono provocó retrasos en la planificación diaria y obligó a reordenar turnos para evitar una paralización mayor. Debido a la responsabilidad que implicaba su cargo, la empresa inició un proceso interno para documentar las ausencias, dejando constancia en los reportes de asistencia, correos electrónicos y actas de supervisión.

Con estos antecedentes, la compañía aplicó el artículo 160 número 3, que permite el despido sin derecho a indemnización cuando existen inasistencias injustificadas que afectan directamente el normal desarrollo de la obra. Al ser demandada, la empresa presentó toda la evidencia ante el tribunal. El juez determinó que las faltas estaban plenamente acreditadas y que las ausencias generaron una perturbación relevante en la continuidad del proyecto. Por lo tanto, se rechazó la demanda del trabajador y se validó el despido como ajustado a derecho.

Nota: Cada caso es distinto. Estos resultado se lograron en función de los antecedentes específicos y no implica que todas las situaciones obtengan el mismo desenlace. Cada caso requiere un análisis individual.