Trabajó durante seis años en Servicios Andinos S.A. (nombre modificado por motivos de privacidad). Un día, la empresa decidió finalizar su contrato argumentando necesidades de la empresa y le ofrecieron $3.300.000 como pago final.
Tras revisar la documentación entregada, quedó en evidencia que la causal del
artículo 161 había sido aplicada de manera incorrecta. No existían informes, antecedentes financieros ni cambios internos que justificaran el despido. Con esa base, se optó por llevar el caso a juicio por despido injustificado.
Durante el proceso, el tribunal determinó que la empresa, cuyo nombre también fue modificado por privacidad, no logró acreditar la causal invocada. Esto permitió aplicar el recargo correspondiente y José obtuvo un 50% adicional sobre la indemnización base, aumentando de manera significativa el monto final recibido.
Gracias a este resultado, José Martínez pudo acceder a la indemnización que realmente correspondía según la legislación laboral vigente.